Los defectos de construcción en una obtra nueva supone una situación de lo más incómoda para los compradores. Muchos acuden a un abogado inmobiliario en Sevilla. Este momento es molesto y de lo más irritante dado que en la mayoría de casos los perjudicados no suelen tener mucha idea sobre lo que deben de hacer.
Los plazos de garantía establecidos por la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) en función del tipo de daño del cual estemos hablando. Hay que encargar la realización de un informe pericial cuando aparece todo tipo de desperfectos. Este tipo de daños tienen una caducidad dependiendo del defecto estructural, habitalidad o terminación de 10, 3 o 1 año respectivamente.
Cabe añadir que el plazo de prescripción que establece la LOE para reclamar la reparación de los daños materiales provocados es de 2 años contados desde que se produzcan los mismos.
Cuando existe un litigio de la edificación es técnico debido a la preceptiva participación pricial. Salvo que tengamos conclusiones técnicas minuciosas y precisas es aconsejable requerir extrajudicialmente a todos los agentes que hayan intervenio en la edificación interrumpiendo la prescripción.
La Ley de Ordenación de la Edificación establece la responsabilidad solidaria de los agentes intervinientes pero dejando claro que los defectos constructivos es responsabilidad personal e individualizada.
Contratar a un abogado inmobiliario en Sevilla como Mena & Robador te ayudará a agilizar el proceso. En todo momento podrás conocer el proceso en el que se encuentra tu problema con la construcción de tu vivienda.